El Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla ha dado la razón al sindicato de enfermería y ha condenado a la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir a reconocer el tiempo de relevo entre turnos del personal de enfermería como parte de su jornada laboral.
La sentencia beneficia directamente a los profesionales de enfermería de los hospitales de alta resolución de Lebrija, Utrera, Morón, Écija y Constantina.